Aproximadamente cincuenta años antes de Cristo, el político romano Cicerón dijo: “La justicia es absolutamente nula si no se encuentra en la naturaleza”. Hoy estas palabras adquieren cada vez más sentido, cuando es la Corte Suprema de Justicia quien las trae al presente, luego de invalidar la sentencia del Segundo Tribunal Ambiental de Santiago respecto a su postura y nula acción frente a los vicios del proyecto termoeléctrico “Central de ciclo combinado Los Rulos”, en la comuna de Limache, Región de Valparaíso.
Ya no habitamos el Chile que hace treinta años le rendía culto a ojos cerrados a los mega proyectos de inversión energética que depredaban el ecosistema. Hoy comenzamos a ver transformaciones que van en la línea de una nueva consciencia donde el factor medioambiental va adquiriendo mayor relevancia. Pero más allá de nuestras convicciones políticas, existe el imperio del derecho, el cual debiera ejercerse por los órganos apropiados, como en este caso era el Tribunal Ambiental, entidad que olvidó sus atribuciones al trasladar sus funciones, establecidas por Ley, al Comité de Ministros, una entidad de configuración eminentemente política y sin
atribuciones jurídicas.
Lo cierto es que la incompetencia del citado tribunal fue detectada por la suprema corte y enmendada de manera tajante esta semana para revisar un proyecto termoeléctrico que carecía de información relevante y esencial, poniendo en riesgo la salud de la población al no presentar mecanismos de compensación y retiro de las más de cien toneladas de material particulado de 2.5
micras (MP2.5), lejos el contaminante atmosférico más peligroso y presente en exceso en Limache.
Esta situación se vería fuertemente agravada por el impacto de este contaminante en las comunas cercanas de Concón, Quintero y Puchuncaví, territorios que se encuentran bajo el Plan de Prevención y Descontaminación Ambiental promulgado por el Ministerio de Medioambiente. Desde luego que la incompetencia del Tribunal Ambiental en cuestión ocultó esos vicios en los que hoy nuestro país se encamina a corregir. Uno de ellos era la incongruencia de que el Estado invierta recursos en descontaminar zonas históricamente contaminadas, y por otro apruebe proyectos que atentan contra sus planes de descontaminación, lo que coloquialmente se entiende como “hacerse trampa en el solitario”.
Otro vicio relacionado específicamente con este proyecto tiene relación con el grave riesgo sobre la Reserva Mundial de la Biósfera La Campana – Peñuelas, situación vergonzosa para un país que ante las cámaras firma en la COP21 el compromiso con la reducción de gases de efecto invernadero, mientras que en silencio aprueba una termoeléctrica en un área protegida internacionalmente. A lo anterior se suma la inexistencia, hasta el día de hoy, de un plan de compensación, mitigación y reparación, el cual – según la misma Ley ambiental – debe existir como requisito para obtener una Resolución de Calificación Ambiental favorable. Estas y otras graves faltas son las que el Tribunal Ambiental no sometió a revisión, ante lo cual tuvo que pronunciarse la máxima instancia judicial para recordar el imperio de la ley a los órganos técnicos, condicionados por intereses políticos y por prácticas enquistadas en un sistema que al fin comienza a cambiar, para devolvernos a las chilenas y chilenos el derecho de honrar la justicia y vivir en equilibrio y con la naturaleza.
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